Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

martes, 27 de septiembre de 2011

Condenados los encargados de una obra por un accidente laboral mortal en Ziga

Fuente: noticiasdenavarra.com
Fecha: 27/09/2011

Dos cargos de una constructora de Orkoien, Francisco Javier V.G. y José Joaquín M.O., fueron ayer condenados a un año de prisión por un delito de homicidio imprudente en concurso con un delito contra los derechos de los trabajadores por un accidente laboral ocurrido en Ziga (Baztan) en agosto de 2009 en el que falleció un obrero.

El fallecido, Issaga Sow, de Mali y de 33 años y que trabajaba como peón desde 2007, murió cuando trabajaba en la construcción de una vivienda y se precipitó por un barranco de 100 metros cuando conducía un dúmper, para el que no estaba capacitado.
Los dos acusados, uno, director de ejecución de obra y coordinador de seguridad, y el otro, jefe de la obra, alcanzaron un acuerdo ayer antes del juicio que debía celebrarse en el Juzgado de lo Penal número 1 de Pamplona. A un tercer imputado el fiscal le retiró la acusación.
Según el escrito de calificación del fiscal, José Joaquín M.O. ordenó al fallecido, "que carecía de formación necesaria y de permiso para conducir vehículos a motor", trasladar tierra en un dumper hasta un camino de acceso a la vivienda que se encontraba rebajado como consecuencia de una canalización de agua. Para ello se retiraba tierra de la explanada donde se encontraba la vivienda y se trasladaba al camino, pero mediaba una fuerte pendiente en el lugar sin que existiera ninguna medida que pudiera evitar la caída de la maquinaria. De hecho, el fallecido realizó esta labor con el dumper y cayó al aproximarse demasiado a la nueva canalización. Sow falleció en el acto.
El plan de seguridad. según el fiscal, no recogía esa obra de canalización que se había realizado previamente y en la misma se calificaba de forma "irresponsable" la pendiente del edificio como "ligera" cuando era del 20% al 36%. Además, no existían instrucciones sobre el manejo del dumper, establecía la necesidad de que la maquinaria fuera usada por personal cualificada y no había señales de balizamiento ni barreras de tierra que impidieran la caída por el barranco de la maquinaria. En ningún caso, el plan contenía los riesgos derivados de la maquinaria en circulación cerca de la ladera.

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