Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

jueves, 15 de septiembre de 2011

Los accidentes mortales en el trabajo disminuyen un 42,4% en los últimos cuatro años

Fuente: europapress.es
Fecha: 15/09/2011

Los accidentes laborales con resultado de muerte han disminuido un 42,4% en los últimos cuatro años, al pasar de un total de 966 fallecidos en 2006 a 556 en 2010, según los datos de la Memoria Anual 2010 de la Fiscalía General del Estado, presentada este jueves por Cándido Conde-Pumpido durante la apertura del año judicial.    Por su parte, los accidentes en el trabajo con resultado de lesiones graves pasaron de 8.773 en 2006 a 4.805 en 2010, lo que supone una rebaja del 45,2%. Los accidentes laborales con lesiones leves sumaron un total de 925.004 en 2006 y 548.554 en 2010, lo que supone una caída del 48,2%.
   En cuanto al número de accidentes laborales por cada 100.000 trabajadores, en 2006 se produjeron 6,2 víctimas mortales por cada 100.000 personas dadas de alta en la Seguridad Social, mientras que el año pasado se registró una media de 3,8 fallecidos, lo que supone una caída del 38,7%.
   Este descenso es similar a los datos sobre accidentes leves, con una caída del 37,5% entre 2006 y 2010 por cada 100.000 trabajadores, y más acusado en el caso de los accidentes graves que cayeron un 42,2%.
   Durante estos cuatro años, la población afiliada a la Seguridad Social ha pasado de 15,5 millones de trabajadores a 14,7 millones, lo que supone un descenso del 5,1% a consecuencia de las elevadas tasas de paro derivadas de la crisis. 
LUCHA CONTRA LAS NEGLIGENCIAS.
   Por su parte, el Ministerio Fiscal, en su labor de lucha contra las negligencias empresariales, presentó el año pasado un total de 859 escritos de acusación ante los tribunales para perseguir este tipo de delitos, un 145,4% más que el total de 350 presentados en 2006.
   En 2010, los tribunales incoaron un total de 283 procedimientos por homicidio en accidente laboral, un 22% menos que en 2009. Las causas abiertas por lesiones en el entorno de trabajo sumaron un total de 18.416, un 21,6% menos que en el año anterior.
   Las sentencias sobre siniestralidad laboral dictadas en 2010 por los Juzgados de lo Penal alcanzaron un total de 552, un 15% más que las emitidas el año anterior. De éstas, la Fiscalía ha analizado las 420 recibidas por los fiscales delegados.
   De las 420 sentencias, 290 (el 69%) fueron condenatorias y 130 (el 31,1%) fueron absolutorias. Del total de fallos condenatorios, 175 (60,3%) fueron de conformidad con los hechos denunciados por los fiscales.
   Del conjunto de las 290 sentencias condenatorias, 105 (36,2%) se correspondieron con supuestas caídas de trabajadores en trabajos de altura, lo que indica que la mayor parte de estos incidentes se producen en el ámbito de la construcción.
   Por su parte, 14 del total de sentencias condenatorias (4,8%) fueron por electrocuciones, 19 (6,5%) por caídas de objetos sobre trabajadores, 41 (14,1%) por atrapamientos, 13 (4,5%) por cortes provocados por máquinas y 8 (2,75%) por incidentes provocados en zanjas con deficientes medidas de seguridad. Las restantes 90 sentencias condenatorias se distribuyeron en múltiples supuestos.

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