Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

jueves, 15 de septiembre de 2011

Sancionan a una empresa vasca por no prevenir riesgos laborales

Fuente: elmundo.es
Fecha: 15/09/2011

  • La compañía Sortzen de limpieza registró 14 accidentes laborales en 2010
  • Según CCOO la empresa no adopta las medidas preventivas necesarias

La Seguridad Social de Bizkaia ha sancionado a la empresa Sortzen por no prevenir los riesgos laborales causantes de numerosas lesiones en su plantilla, según ha informado CCOO. Así, la empresa Sortzen deberá pagar un 30% de recargo de prestaciones a una trabajadora despedida que fue víctima de 7 períodos de baja en los últimos 3 años por lesiones musculoesqueléticas, reconocidas como enfermedad profesional.
Sortzen, S.L es una empresa de 45 trabajadoras dedicada a la limpieza industrial de cajas para el transporte y venta de alimentos, tras alquilarlas a comercios mayoristas. En el año 2010, la empresa contabilizó 14 accidentes de trabajo por sobreesfuerzo y se reconocieron 5 enfermedades profesionales. Este elevado índice de siniestralidad y absentismo viene motivado por el trabajo de riesgo que deriva en lesiones por "movimientos repetitivos, posturas forzadas y manejo manual de cargas".
En concreto, y siempre según Comisiones, se ha comprobado que no se ha adoptaba ninguna medida preventiva de las recomendadas por el Servicio de Prevención, al igual que en el caso de la exposición al ruido (superiores a 85 dBA) y a la velocidad de trabajo. Según Osalan, todo ello aumenta el riesgo de enfermedad profesional.
El responsable de Salud Laboral de CCOO, Jesús Uzkudun, cree que en el caso de Sortzen queda al descubierto la "actitud chapucera del profesional sanitario del Servicio de Prevención de Preving Consultores Norte". A su juicio, el alto absentismo "del que tanto se quejan" mutuas y organizaciones empresariales "se puede reducir con una prevención eficaz de los riesgos ergonómicos, evitando someter a las trabajadoras a condiciones de trabajo inhumanas, capaces de destrozar en pocos años a una persona".

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