Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

lunes, 12 de septiembre de 2011

USO interpone 2 conflictos colectivos y 1 denuncia contra la empresa el Pozo Alimentación, SA

Fuente: teleprensa.es
Fecha: 12/09/2011


La Unión Sindical Obrera – USO – de a Región Murciana ha interpuesto 2 solicitudes de Mediación ante la Oficina de Resolución de Conflictos Laborales de Murcia, sobre procedimiento de Conflicto Colectivo contra la Empresa El Pozo Alimentación, S.A., con domicilio en Alhama y dedicada a la actividad de Industrias Cárnicas.

El primero de los Conflictos afecta a los trabajadores que prestan servicios de suministros, energéticos realizando tareas de mantenimiento y vigilancia de las instalaciones, ya que dichos trabajadores tienen un contrato de trabajo de 40 horas semanales de lunes a viernes, el cual ha sido modificado unilateralmente por la Empresa a régimen de turnos a fin de abarcar los 365 días del año y sin ninguna retribución adicional, por lo que desde la USO se solicita que El Pozo se avenga a negociar una retribución especifica para dicho colectivo por el trabajo prestado en domingos y festivos.

El segundo de los Conflictos esta motivado por la reiterada falta de información de la Empresa hacia la Sección Sindical de USO y sus Delegados Sindicales sobre diversas cuestiones de ámbito Sindical y Laboral, a pesar de las diferentes ocasiones que se le han solicitado tanto por escrito como verbalmente, por lo que a juicio de la USO, esta mermando el ejercicio de las funciones representativas y de actuación sindical a ver recortada de forma arbitraria sus competencias por parte de la Empresa.
Por otro lado, la Sección Sindical de USO en el Pozo ha interpuesto denuncia ante la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Murcia, para que actué contra dicha Empresa, basada en la visita que realizo la Inspección de trabajo, que dio lugar a un requerimiento a la Empresa para que adoptara medidas preventivas para “que se evitará la sobrecarga excesiva de las transpaletas con el fin de evitar sobreesfuerzos, por lo que se procederá a la utilización de medios mecánicos de manipulación de cargas”. Habiendo sido requerida El Pozo por la Sección Sindical de USO para resolver este problema, que ha provocado ya algunos accidentes de trabajo, aportando documentación sobre requerimientos, dichos accidentes y ficha de pesos.

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