Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

miércoles, 7 de diciembre de 2011

El juzgado falla que la ansiedad de un guardia municipal fue por motivos laborales

Fuente: noticiasdeguipuzkoa.com
Fecha: 07/12/2011


El agente fue investigado por malos tratos y, posteriormente, absuelto
La situación se produjo después de que cuatro policías locales participasen en una detención con violencia

 La sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha considerado que la baja por ansiedad generalizada que afectó a un guardia municipal en el año 2008 derivó de un accidente laboral, por lo que la Mutua de la Seguridad Social y la del Ayuntamiento deberán hacerse cargo del pago de la baja laboral del agente por un periodo de más de dos años.
El agente de la Guardia Municipal y otros tres compañeros fueron suspendidos de empleo y sueldo tras la detención efectuada a unos jóvenes marroquíes. Las cámaras de los calabozos de la sede policial de la calle Easo grabaron situaciones de violencia que el Gobierno municipal presidido por Odón Elorza quiso investigar por si hubieran sido constitutivos de un posible delito de maltrato. De hecho, este agente fue sancionado con dos años de suspensión de empleo y sueldo, aunque posteriormente fue absuelto, al igual que los demás, de posibles delitos de maltrato.
La sentencia considera que la enfermedad en la que cayó el agente "solo cabe vincularla a su trabajo, no hay otro nexo, ni detonante del proceso de ansiedad que luego derivó en depresión".
Tras ser suspendido de empleo y sueldo, este agente sufrió un trastorno de ansiedad generalizado, según recuerda la sentencia, que se extendió hasta dos años después. Mientras permanecía de baja, ésta se consideró como una enfermedad común, pero el policía local inició una pelea judicial para demostrar que su situación obedeció a las circunstancias laborales que se produjeron y, ahora, los tribunales le han dado la razón.
La situación arrancó a consecuencia de que tres varones que habían sido arrestados por la Guardia Municipal en 2008 presentaron quejas sobre el trato recibido en los calabozos. La Guardia Municipal inició una investigación interna para saber si la violencia física que se produjo en el interior de los calabozos era debida a las circunstancias de la detención o a un maltrato. Ante la duda, el departamento de Recursos Humanos del Ayuntamiento optó por la suspensión cautelar de las funciones de los agentes, que decían que la violencia que se había producido estaba "más que justificada" ante el comportamiento de los arrestados, como luego ratificaron los tribunales.
Sin embargo, la Fiscalía presentó un recurso, que fue desestimado, aunque el Consistorio mantuvo la suspensión de empleo a los cuatro agentes. A raíz de esta situación, cada uno de los cuatro policías elevó una demanda contra el Ayuntamiento en el tribunal de lo contencioso-administrativo, con el objetivo de que la suspensión cautelar finalizase. Paralelamente, se dictaron autos y sentencias que daban la razón a los agentes municipales y desestimaban los delitos de malos tratos a detenidos.
La primera de ellas fue recurrida por el Ayuntamiento, que siguió manteniendo la suspensión de empleo y sueldo al primer agente, aunque posteriormente levantó el castigo a petición de la dirección de la Guardia Municipal. Más tarde, en noviembre del pasado año, una resolución del Ayuntamiento estableció que el Consistorio debería abonar el sueldo íntegro a los cuatro agentes municipales. Sin embargo, quedaba aún pendiente a quién correspondía pagar por la baja del policía que enfermó de ansiedad.
El incidente no solo afectó a la plantilla de la Guardia Municipal sino que llegó hasta el Pleno y Eusko Alkartasuna, entonces en la oposición, pidió la comparecencia del alcalde, Odón Elorza. Aunque éste defendió la posición del Ayuntamiento, esa misma tarde ordenó el levantamiento de la causa.

No hay comentarios:

Publicar un comentario