Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

viernes, 13 de enero de 2012

Euskadi acusa a las Administraciones públicas de "dejadez" en seguridad laboral

Fuente: finanzas.com
Fecha: 12/01/2012


CC.OO. Euskadi ha denunciado "la dejadez" de las Administraciones públicas en materia de seguridad laboral, después de que la Inspección de trabajo tardara "20 horas" en llegar al lugar del accidente mortal ocurrido este martes en Erandio (Bizkaia).
En un comunicado, ha subrayado el hecho de que en el accidente muriera un empleado de una subcontrata (Construcciones Cubilsa) y ha denunciado que, en estos casos, "nunca hay una coordinación real, como dicta la legislación, entre empresa y subcontrata".
Asimismo, ha indicado que se trata, además, de una pequeña empresa con servicio de prevención ajeno, una práctica que "no es nueva" en el sector de la construcción. "Queremos denunciar la "dejación de responsabilidades tanto de la empresa como de dicho servicio de prevención", ha añadido.
A juicio de CC.OO., todos los accidentes son "perfectamente evitables" mediante la "correcta" integración y planificación de la prevención en las empresas, según regula la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. En este sentido, ha recordado que, en base a esa normativa, "asegurar su cumplimiento es responsabilidad del empresario".
Para el sindicato, esta "continua sangría de maltrato y silencio" contra la salud y la seguridad de los trabajadores continuara hasta que "no se gane la primera batalla: la concienciación social y la implicación de la actividad preventiva en los centros de trabajo".

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