Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

miércoles, 29 de febrero de 2012

Piden 4 años y 3 meses de cárcel y 21.600 euros para tres responsables de una empresa por un accidente laboral

Fuente: eleconomista.es
Fecha: 29/02/2012

La Fiscal Delegada de Siniestralidad Laboral de Fiscalía del Principado de Asturias, Esperanza González Avella, pide una pena total de cuatro años y tres de prisión y una multa de 21.600 euros para tres responsables de una empresa de construcción por un delito contra los derechos de los trabajadores en relación con un accidente laboral producido en 2005 y que se saldó con un trabajador herido en Nava.

En concreto, se pide para cada uno de los tres acusados, S.C.M, representante legal de Gaos Contratas y Construcciones S.L.; F.G.D., coordinador de seguridad y salud de la empresa; y M.G.D., jefe de obra y encargado de seguridad, un año de prisión y una multa de 7.200 euros por un delito contra los derechos de los trabajadores, y cinco meses de cárcel por un delito de lesiones imprudentes.
Según información de la Fiscalía, la vista oral está señalada para este jueves, 1 de marzo, en el Juzgado de lo Penal número 1 de Oviedo, a las 09.30 horas.
Los hechos se produjeron sobre las 11.00 horas del 4 de noviembre de 2005, cuando F.N.R, de 52 años y oficial de Primera, era trabajador de Gaos Contratas y Construcciones S. L. en la obra de pavimentación en La Piloñeta, Nava, consistente en la retirada de hormigón y vertido del mismo y extendido de nueva capa.
Cuando estaba efectuando labores de transporte y volcado de material de escombro, operando con un dumper y portando hormigón hasta un vertedero, en el momento en que estaba en el borde y procedía a elevar la cesta de carga de la máquina, el terreno cedió, precipitándose el vehículo al fondo, por lo que saltó de la cabina, impactando contra el suelo irregular, indica el escrito fiscal.
A consecuencia del accidente, F.N.R. padeció, según figura el informe médico, "fractura 4º y 5º arco costal izquierdo, arco cigomático izquierdo, fractura luxación abierta de tobillo derecho, luxación de codo izquierdo y TCE con scalp biparieto-occipital. Tardó en curar 530 días, de los que 43 estuvo hospitalizado y 90 impedido. Precisó tratamiento médico-quirúsgico de tipo traumatológico y ortopédico, RHB y psiquiátrico. Como secuelas le han quedado: limitación a la extensión del codo izquierdo (mueve 60º), artrosis postraumática de tobllo derecho, material de osteosíntesis en tobillo derecho, trastorno depresivo reactivo y cicatriz lineal de 14 centímetros, quirúrgica, arqueada y perimaleolar interna y área distrófica hiperpigmentada en área premaleolar externa, las cuales constituyen un perjuicio estético ligero".
El vertedero carecía de tope al borde del desnivel que impidiese una aproximación peligrosa del dumper. El día de los hechos y el anterior llovía copiosamente. "El accidente se produjo por falta de protecciones colectivas, topes y señalización suficiente en los bordes de corte del terreno para trabajos de movimiento de tierra cercanos a los mismos", apunta el escrito.
MÁS DE 28.000 EUROS DE INDEMNIZACIÓN
Junto con las penas de prisión o multa, la Fiscalía solicita que se condene a los acusados a indemnizar de forma conjunta y solidaria a F.N.R. con 28.110 euros por las lesiones y secuelas; y al Sespa con la cantidad que se acredite como gastos asistenciales, más los intereses legales correspondientes.
De estas cantidades, responderán directamente las compañías aseguradoras de la Consejería de Presidencia del Principado de Asturias, de SERPA S. A., de Gaos Contratas y Construcciones S. L. y las de los acusados. Subsidiariamente responderán la Consejería de Presidencia del Principado de Asturias, SERPA S. A. y Gaos Contratas y Construcciones S.L.

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