Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

martes, 29 de mayo de 2012

Invalidez laboral por alergia a los excrementos de las palomas

Fuente: elperiodico.com
Fecha: 16/05/2012

El Juzgado Social número 2 de Barcelona ha reconocido la condición de invalidez absoluta a una trabajadora de Turismo de Barcelona, que ejerce como informadora en la plaza de Catalunya y en la Rambla, porque no puede llevar a cabo esfuerzo alguno como consecuencia de la alergia que padece por la exposición continuada a los excrementos de palomas y otras aves que tienen una presencia habitual en Barcelona.

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Según la resolución judicial, la presencia masiva de excrementos de palomas y loros en la zona en la que G. T. V. realizaba su labor fue la causa desencadenante de su enfermedad, una patología que constituye una grave afectación del sistema respiratorio que en casos severos, como el que presenta la afectada, pueda evolucionar hacia una fibrosis pulmonar.
En contra del criterio del Instituto Nacional de Seguridad Social, la jueza María Luisa Sanz otorga credibilidad a las pruebas e informes médicos que desde un primer momento vincularon el cuadro clínico de la mujer a la inhalación involuntaria de los detritos de los pájaros que, de forma ostensible, ocupan los espacios donde desde el 2006 trabajaba la demandante. Las heces de las aves actuaron como agentes alergénicos de primer orden, afectando de forma importante y permanente la salud de G. T. V, que le incapacita para cualquier tipo de actividad profesional.
INSPECCIÓN DE TRABAJO / La jueza detalla un informe de un inspector de trabajo que apunta a que la zona de la plaza de Catalunya y la Rambla está «permanentemente llena de palomas y otros pájaros» y, por lo tanto, sucia de excrementos. La sentencia, que recoge los argumentos del Col.lectiu Ronda, señala que la alveolitis alérgica que padece la mujer ha sido contraída con motivo de su actividad laboral, por lo que la sitúa en el marco de un accidente de trabajo. La patología de la mujer sigue empeorando a pesar de que ya no está en contacto con los excrementos de las aves y, de ahí, la invalidez absoluta.

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