Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

lunes, 7 de mayo de 2012

Los trabajadores autónomos sufrieron un 2,9% menos de accidentes laborales en 2011

Fuente: eleconomista.es
Fecha: 28/04/2012

El colectivo de trabajadores autónomos redujo su accidentalidad en un 2,9% el pasado año, aunque el número de accidentes superó los 12.000, en su mayoría en el sector servicios e industria.
La reducción de los accidentes sufridos por emprendedores no es proporcional a la caída de actividad en sectores tradicionalmente peligrosos como la construcción o el transporte, indicó la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA).
Este descenso, menor que el de los asalariados, muestra que el colectivo sufre con más virulencia la situación económica y donde sólo dos de cada diez tienen cubiertas las contingencias profesionales por accidente de trabajo y enfermedad profesional.
Por género, el 17% de los accidentes recayeron sobre las mujeres autónomas mientras que el 83% sobre los hombres.
La reducción de los accidentes en el colectivo de trabajadores por cuenta ajena fue de un 4,1%, de los que un 23% se correspondieron a accidentes sufridos por mujeres y un 77% a hombres.
Por sectores, fue el de servicios e industria el que lideró la siniestralidad en autónomos el pasado año, al representar el 41% y el 20% respectivamente del total de accidentes registrados.
Por contra, el sector de la construcción redujo su accidentalidad en un 26% en el régimen general y un 29% en el RETA.
Asimismo, el 38% de los accidentes sufridos por trabajadores autónomos tuvieron lugar en la franja de edad comprendida entre los 35 y 44 años y las autónomas, a pesar de sufrir menor siniestralidad, son más proclives a padecer trastornos musculoesqueléticos y cuadros de estrés coo consecuencia de la doble jornada laboral, indicó la asociación de autónomos ATA.
Del total de trabajadores autónomos que sufrieron un accidente de trabajo en 2011, el 83% llevaba más de dos años afiliado al RETA,y el 98% de las bajas se producen por accidentes leves.
Las caídas (33%), el sobreesfuerzo físico (31%) fueron las causas más comunes de los accidentes mientras que las lesiones más comunes se concentran en la región lumbar, piernas y manos, produciéndose afectaciones en la espalda (28%), esguinces (26%) y heridas en las manos (14%).
Ante la cifra de accidentalidad entre los autónomos, ATA pidió que las administraciones públicas competentes asuman “un papel más activo” en la promoción y defensa de la salud de los autónomos.

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