Fecha: 06/08/2012
El Tribunal Constitucional ha absuelto a una empresa de Ayamonte (Huelva) y a sus responsables de un delito contra los derechos de los trabajadores en concurso con una falta de lesiones por imprudencia al entender que se han vulnerado sus derechos a un proceso con todas las garantías.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, el Constitucional estima el recurso de amparo presentado por los perjudicados contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Huelva que los condenaba a 9 meses de cárcel y al pago de una indemnización de 227.371,50 a un trabajador que sufrió un accidente laboral.
Los hechos tuvieron lugar sobre las 16:45 horas del día 8 de junio de 2005 cuando un operario pintor con categoría profesional de peón de 21 años, que estaba trabajando como asalariado para esta empresa en las labores de pintura de una urbanización, pintaba el techo y la cornisa de un local comercial a una altura de unos 6,30 metros.
En un momento determinado, por causas no precisadas, perdió el equilibrio y cayó al vacío, estrellándose contra el suelo y sufriendo diferentes lesiones que tardaron en curar 240 días.
Los empresarios fueron absueltos en primera instancia por el Juzgado de lo Penal número 4, limitándose la sentencia únicamente al pago de una indemnización de 39.000 euros.
Sin embargo, tras el recurso de la Fiscalía y la acusación particular ante la Audiencia de Huelva, está los condeno en los términos anteriormente expuestos al considerarlos responsables del delito que se les imputaba.
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