Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

martes, 4 de septiembre de 2012

Fiscal resalta aumento de la mortalidad en la minería con seis casos en 2011

Fuente: abc.es
Fecha: 10/07/2012


La fiscal de Siniestralidad Laboral de Asturias, Esperanza González Avella, ha resaltado hoy el aumento de la mortalidad en las explotaciones mineras de Asturias, en las que se registraron seis fallecimientos durante el año pasado.
Esperanza González Avella ha realizado estas manifestaciones en rueda de prensa durante la presentación de la memoria anual de su departamento.
En 2011 se produjeron veinticinco accidentes mortales en el sector primario, industrial, de la construcción y servicios, de los que dieciséis fueron por patologías traumáticas que dieron lugar a la incoación de las correspondientes diligencias previas que están en fase de investigación.
González Avella ha resaltado el aumento de la mortalidad respecto a 2010 cuando se registraron dieciséis accidentes mortales y, sobre todo, los seis casos registrados en explotaciones mineras.
Ha precisado que no sabe si en estos seis casos se hubiera producido alguna infracción que diera lugar a un escrito de acusación ya que no cuenta con los informes que ha de elaborar el Servicio de Seguridad Minera que se encarga de la investigación.
En relación a las principales causas de accidentes, la fiscal ha destacado las lesiones por caída en altura que, según ha subrayado, "son algo sencillo de evitar" y que en muchos casos se producen por "la ignorancia", al actuar los afectados con el convencimiento de que las normas de seguridad que se utilizan son las correctas.
Ha indicado que la principal causa de los accidentes de trabajo radica en los fallos organizativos, la falta de prevención, coordinación y orden y, a su juicio, el medio más adecuado para evitarlo es la prevención eficaz y la formación no sólo de los trabajadores sino también de los empresarios.
En este aspecto, González Avella ha apuntado que la responsabilidad de los empresarios no sólo es hacia la salud e integridad de sus trabajadores sino también con los de las empresas subcontratadas.
"La formación es una tarea fundamental", ha subrayado la fiscal, que ha constatado "un menor interés" en este aspecto quizá por la "tensión" que se vive en la actualidad por la crisis económica.
Ha indicado que los juzgados de lo Penal dictaron en 2011 doce sentencias por delitos a causa de accidentes laborales, de las que once han sido resueltas con condenas para los acusados responsables de la cadena de mando mientras que en una de ellas se dictó la absolución.
Además, las salas de la Audiencia Provincial de Asturias dictaron cuatro sentencias sobre recursos de apelación, de las que en dos han sido confirmadas las condenas, en otra se ha corroborado la absolución y en la última se ha revocado la sentencia condenatoria del Juzgado de lo Penal.
En 2011 se produjeron 13.266 accidentes leves con baja durante la jornada de trabajo y 103 graves, de los que 71 fueron por patologías traumáticas.
El año pasado se registraron veintidós casos catalogados como delito de homicidio por accidente laboral, por 26 en 2010, y 693 de lesiones, por 1.038 en el ejercicio anterior.
De los veintidós delitos de homicidio por accidente laboral, trece están en trámite (se formulará acusación en seis de ellos, otros seis serán sobreseídos y en tres casos se ha realizado escrito de acusación).
En 2011 se han abierto doce diligencias de investigación de las que cinco han sido archivadas, en tres fueron terminadas con denuncia o querella y cuatro están en trámite.
Por último, la fiscal ha llamado la atención sobre aquellos accidentes que son catalogados por las empresas como leves y que no dan lugar a la intervención de la Inspección de Trabajo, de la que ha destacado su labor al igual que la del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales.

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