Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

martes, 4 de septiembre de 2012

La denuncia por acoso de un trabajador de Armilla llega al juez

Fuente: granadahoy.com
Fecha: 26/06/2012

El Ayuntamiento de Armilla ha sido citado a un acto de conciliación tras haber sido demandado por acoso laboral por un trabajador municipal a quien la Inspección de Trabajo le ha reconocido la situación de "inestabilidad" derivada de esta situación, motivo por el que en su momento levantó un acta de infracción.

Como consecuencia de la demanda interpuesta por el trabajador, que tiene como función la de ser el jefe del servicio de Deportes, Juventud y Fiestas del Consistorio armillero, el Juzgado de lo Social 3 de Granada ha citado a las partes el próximo 16 de julio para un acto de conciliación que, de concluir sin avenencia, dará lugar a la celebración del acto de juicio ese mismo día, según consta en el decreto de este órgano judicial.

El trabajador denuncia que desde la toma de posesión de la nueva corporación que preside Antonio Ayllón (Partido Popular), las funciones que por su puesto le correspondían fueron asignadas al jefe de Negociado y Actividades Deportivas, y que desde entonces está sin ocupación durante la mayor parte de su jornada.

Del examen de la documentación aportada, la visita de inspección efectuada en su día y las entrevistas mantenidas con las partes, la Inspección Provincial de Trabajo concluye que los mandos de los que depende el demandante han adoptado una serie de decisiones que "se apartan de la lógica organizativa o productiva" de esta administración local y que han causado un "perjuicio objetivo" a la dignidad del trabajador.

Añade el informe de la Inspección que su traslado de ubicación hasta hallarse "aislado" del resto del personal de su servicio y la delegación de funciones a un tercero han llevado al trabajador a una situación de "inestabilidad y vaivén" en el ámbito laboral que repercute en su trabajo, según la Inspección, para quien los hechos suponen una infracción al Estatuto de los Trabajadores, motivo por el que ha levantado un acta.

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