Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

martes, 4 de septiembre de 2012

Piden dos años y tres meses de cárcel para cuatro personas por imprudencia grave que derivó en accidente laboral

Fuente: http://www.europapress.es/la-rioja/noticia-piden-dos-anos-tres-meses-carcel-cuatro-personas-imprudencia-grave-derivo-accidente-laboral-20120703102556.html
Fecha: 03/07/2012

El fiscal pide dos años y tres meses de cárcel para cuatro acusados de un delito contra los derechos de los trabajadores y otro de lesiones por imprudencia grave, que derivó en accidente laboral, y en el que una de las víctimas se quedó en silla de ruedas.
   Además reclama una indemnización de 500.000 euros para éste último, mientras que los otros dos lesionados serán indemnizados en caso "de que no lo hubieran sido".
   Los acusados, que serán juzgados el 5 de julio a las 10,00 horas, en el Juzgado de lo Penal número 2, son E.G.P, y C.C.V., de las empresas que realizaron los estudios de seguridad, y A.G.B. y JC.G.B., de la empresa constructora.
   Según los hechos, a los que ha tenido acceso Europa Press, las víctimas, el 13 de diciembre de 2005, estaban realizando obras en una bodega de Fuenmayor, consistente en el cerramiento de una nave, proyectándose el levantamiento de dos muros o paredes, uno interior mediante bloques de termoarcilla y otro posterior y exterior. La ejecución del mismo se realizaba a través de una plataforma elevadora de mástil fijo donde se encontraban tres trabajadores. Junto a ellos, en otros dos andamios, a derecha e izquierda de la plataforma, se encontraban otros dos obreros.
   El escrito de Fiscalía indica que los andamios colocados a los lados de la plataforma cumplían un papel de extensión en la estructura para poder alcanzar los extremos, dada las importantes dimensiones del muro, de 11 por 8 metros.

"NO SE CONTEMPLABAN LOS RIESGOS"

   A pesar de la importancia del muro, prosigue el relato, el Plan de Seguridad y Salud "no había evaluado, ni contemplaba, ni preveía para esta actividad constructiva, ni los riesgos existentes en materia de prevención de riesgos laborales, ni las paralelas y subsiguientes medidas preventivas".
   "A esta relevante carencia en el cumplimiento material de la normativa preventiva, se unían una especiales condiciones climatológicas que no fueron previstas, ni evaluadas, destacando una bajas temperaturas y un fuerte viento". Según, explica el fiscal, las bajas temperaturas "inciden en el secado o fraguado del mortero empleado, determinando una menor solidez del muro levantado". Además, "si a ello se une el efecto vela producido por la amplitud del muro, el riesgo se amplificaba".
   Con todo ello, a las 14,45 horas del 13 de diciembre de 2005, mientras los trabajadores se encontraban subidos en la plataforma y en los andamios laterales, "súbitamente y de forma inesperada", la pared que alcanzaba siete metros de altura, "se desplomó", cayendo dos de los obreros, mientras un tercero recibió la "caída violenta" de los bloques ya colocados.
   Como consecuencia de ello, dos de las víctimas resultaron con lesiones "cuyo resultado no consta", mientras que un tercero resultó herido "grave". De hecho, tuvo fracturas que provocaron una paraplejia, quedando postrado en una silla de ruedas.
   Por todo ello, el fiscal pide a los cuatro acusados dos años y tres meses de prisión por un delito contra los derechos de los trabajadores y otro de lesiones por imprudencia grave, así como una indemnización de 500.000 euros, de la que serán responsables "hasta el límite de sus coberturas", sus compañías de seguros.

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