Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

miércoles, 3 de octubre de 2012

Demanda a la Seguridad Social por negarle la incapacidad permanente

Fuente: diaridetarragona.com
Fecha: 18/09/2012

Maria Riera ha interpuesto una demanda contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tresorería General de la Seguridad Social por negarle la pensión por incapacidad permanente en grado de absoluta. Esta vecina de Reus, tal y como reconoce una resolución del INSS de mayo de este mismo año, está afectada de Fibriomialgia, Síndrome de Fatiga Crónica y Sensibilidad Química Múltiple con carácter crónico, y en todos los casos con un grado severo. Al respecto, Maria Riera apunta que «esta situación se desencadena después de someterme a un tratamiento agresivo para erradicar otra enfermedad que me dejó el sistema inmunológico totalmente destrozado».
Todas estas afectaciones le impiden totalmente poder desarrollar cualquier actividad laboral, tal y como indica un informe médico realizado en el ABS de Reus del Institut Català de la Salut a fecha de 27 de febrero de este año. «La paciente padece un síndrome con múltiples componentes que la inhabilita para cualquier tipo de trabajo y supone una merma muy importante de su calidad de vida».
Según el abogado de la demandante, Carlos Herrera, «la pensión que solicita mi cliente asciende a 985 euros, una cantidad a la que no puede renunciar teniendo en cuenta que en el mes de noviembre dejará de recibir la ayuda de 426 euros». En concreto la Seguridad Social se niega a otorgar la prestación entendiendo que «no presenta reducciones anatómicas o funcionales que disminuyan o anulen su capacidad laboral».
No existe tratamiento
Según varios informes médicos redactados por especialistas en alergias y en medicina interna se apunta que «no hay posibilidades de tratamiento dada la múltiple intolerancia farmacológica, condición que agrava el pronóstico del paciente y limita su actividad cotidiana».
Por esta razón, esta vecina de Reus insiste en que lo que dictamina el informe de la Seguridad Social no se acerca ni lo más mínimo a su realidad. Maria Riera no puede renunciar a la ayuda económica porque le es vitalmente necesaria para poder afrontar los gastos que supone padecer Sensibilidad Química Múltiple. «Cada mes necesito como mínimo 400 euros para poder pagar los filtros máscara, del declorificador de la ducha, etc. Sin ellos no podría seguir viviendo dentro de la normalidad», afirma.

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