Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

martes, 2 de octubre de 2012

La importancia de notificar los accidentes de trabajo

Fuente: mutuanavarra.es
Fecha: 12/09/2012

El sistema DELTA es un Sistema de Declaración Electrónica de documentos a través de una conexión segura que se emiten firmados para la notificación y el tratamiento de los accidentes de trabajo. Las empresas y los trabajadores por cuenta propia que tengan la cobertura de AT tienen la obligación de comunicar los partes de accidente de trabajo a través de este sistema, incluidos aquellos que se producen al dirigirse o regresar del trabajo durante el trayecto habitual o in itinere (a excepción de los autónomos) o bien realizando el trabajo fuera de la empresa (in mission). Un parte de AT refleja que el trabajador se ha accidentado durante su jornada laboral e implica, por tanto, el reconocimiento de un accidente laboral por parte de la empresa.

El parte de accidente debe reflejar claramente lo que ha sucedido en el mismo. Una incorrecta o insuficiente cumplimentación del documento dificulta su utilidad y validez. Por ello es importante recalcar la importancia de ser minuciosos a la hora de rellenarlo de tal manera que realmente sea un documento facilitador. La mutua complementa esta explicación con las aclaraciones que ha podido reflejar el trabajador en el dispensario médico, por lo que es de suma importancia que ambas informaciones sean coherentes.
No notificar un accidente de trabajo a través del sistema DELTA genera una situación de irregularidad porque la empresa no se pronuncia ante la existencia o no de un accidente laboral. Esta situación, además, puede dejar al trabajador indefenso, ya que tanto en los casos de siniestros con baja como aquellos que no suponen baja médica el hecho de que se reconozca el siniestro como laboral por parte de la empresa implica que la mutua asuma los costes derivados de dicho proceso. Como mecanismo de solución a esta irregularidad existe la posibilidad de instar al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) el inicio de un procedimiento de determinación de la contingencia (en el caso de los accidentes que generan baja médica).

Además, el hecho de no notificar un accidente laboral también tiene otras consecuencias, como puede ser la posible alteración de las estadísticas sobre los accidentes de trabajo o la imposibilidad de aplicar medidas preventivas más específicas. Para proteger la salud de nuestros trabajadores, es fundamental realizar una investigación exhaustiva de las causas del accidente y, en el supuesto en que se considere laboral, declararlo.

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