Fuente: http://www.europapress.es/extremadura/noticia-intromac-integra-plataforma-seguridad-salud-laboral-sector-piedra-natural-20121004154252.html
Fecha: 04/10/2012
El Instituto Tecnológico de Rocas Ornamentales
y Materiales de la Construcción (Intromac) será el representante del
sector extremeño en la Plataforma de Seguridad y Salud Laboral de la
Federación de la Piedra Natural.
Esta plataforma, de reciente creación, está constituida por
empresas e instituciones relacionadas con el sector y tiene como
principal objetivo alcanzar la "excelencia empresarial" mediante la
mejora de la seguridad y salud laboral de los trabajadores de la piedra
natural.
La coordinación de los diferentes miembros de la plataforma en
materias como la seguridad laboral, la higiene industrial, la ergonomía y
la psicología, permitirá establecer un "programa de choque inicial" en
una materia de "vital importancia para la subsistencia" de un sector
sujeto a una legislación en continua evolución.
La evaluación de los diferentes factores de riesgo y la adopción
de las medidas oportunas permitirá una "protección eficaz del
trabajador", acorde con lo establecido en la legislación vigente, según
ha apuntado el Gobierno de Extremadura en nota de prensa.
Los primeros trabajos a abordar desde la plataforma irán
encaminados a ofrecer "una imagen moderna y comprometida" del sector en
materia de seguridad y salud Laboral, así como un mejor conocimiento de
uno de los riesgos originados durante el desarrollo de la actividad
minera y transformadora, como es el polvo en suspensión.
Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)
Noelia Garcia Guirao (Murcia)
Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.
Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)
Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)
Peritajes, Consultoría y Formación
Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com
El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.
El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.
Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.
Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)
Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)
Peritajes, Consultoría y Formación
Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com
El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.
El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.
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